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Ingreso de carácter temporal

El ingreso de carácter temporal, o de corta estancia, ofrece a la persona con discapacidad la posibilidad de permanecer en un servicio residencial durante un tiempo limitado, que puede oscilar entre algunos días y uno o varios meses.

Los motivos que, generalmente, llevan a la utilización de este servicio son:

  • Ofrecer a la persona cuidadora la posibilidad de disponer de tiempo libre para desconectar y recuperarse del desgaste físico y psíquico que puede conllevar el cuidado de una persona con discapacidad; en estos casos, los servicios se consideran servicios de respiro.
  • Dar salida a una situación de emergencia, por ejemplo en los casos de enfermedad u hospitalización de la persona cuidadora o de la propia persona con discapacidad, en particular, en los momentos agudos de enfermedad que pueden conllevar situaciones puntuales de conflicto o estrés familiar.
  • Ofrecer a la persona con discapacidad la posibilidad de conocer, durante sucesivas estancias temporales, la vida en el servicio residencial, con vistas a irse preparando, de forma progresiva, a una futura incorporación definitiva.


En previsión de que pueda plantearse cualquiera de estas situaciones, conviene que la persona con discapacidad tenga la posibilidad de ir familiarizándose con el servicio, con el fin de que cuando realmente surja la necesidad de utilizarlo -sobre todo si se produce una situación de urgencia-, no se añada al estrés generado por dicha situación, un estrés añadido derivado del temor a ingresar en un centro que no conoce. Para ello conviene fomentar su uso habitual y gradual. Por ejemplo, cabe planificar diversas estancias cortas, durante el día, en las que incluso puede estar presente la persona que le presta apoyos con carácter habitual en su domicilio; más adelante, se puede probar una estancia de una noche y, una vez que la persona se haya acostumbrado, alargar las estancias progresivamente a fines de semana, semanas, y quincenas.

Este conocimiento gradual de los servicios residenciales es esencial para preparar a las personas con discapacidad a un ingreso definitivo. Aunque no siempre resulte fácil, en determinadas etapas de la vida, es necesario hacer previsiones y planificar el futuro para cuando las circunstancias cambien. Un uso bien planificado de los servicios de corta estancia puede contribuir muy significativamente a reducir su ansiedad cuando finalmente se enfrente a un ingreso definitivo, y le ofrece tanto a ella como a sus familiares, tutores o representantes, la oportunidad de conocer las diferentes alternativas residenciales existentes, con vistas a participar, llegado el momento, en la decisión sobre cuál de ellas puede resultar la más adecuada, aunque dicha elección tenga que hacerse dentro, ciertamente, de los límites de la oferta de plazas existentes en el momento de la solicitud.
 


Ventajas e inconvenientes de los servicios de corta estancia
 

  • ¿Qué ventajas presentan los servicios de corta estancia?
    • Permiten establecer nuevas relaciones o amistades diferentes a las familiares, que favorecen una mayor apertura a contextos sociales y relacionales, quizá menos protegidos pero también más favorables al desarrollo de la autonomía.
    • Ofrecen la posibilidad de disfrutar de nuevas experiencias y, en particular, de participar en actividades adecuadas a la edad e intereses o preferencias de la persona con discapacidad.
    • Facilitan el acceso a otros servicios.
    • Contribuyen a reducir los niveles de ansiedad en casos de ingreso temporal urgente o en caso de ingreso definitivo.
    • Favorecen, junto con otros servicios, en particular, los servicios de asistencia personal y los servicios de atención diurna, la permanencia en el domicilio durante más tiempo, contribuyendo a retrasar o incluso a evitar, el ingreso residencial definitivo.
    • Ofrecen a los familiares, a los tutores o a las personas que prestan apoyos habitualmente, la oportunidad de conocer el funcionamiento práctico de los servicios residenciales, antes de considerar una decisión de carácter más definitivo.
       
  • ¿Qué inconvenientes presentan?
    • Pueden generar en la persona con discapacidad cierto temor al cambio, que, hasta el momento del ingreso de corta estancia, no había percibido, por no haberse materializado nunca la posibilidad de una separación, incluso temporal, de su medio habitual y la interrupción de su ritmo habitual de vida.
    • Puede producirse una situación de confusión y desorientación asociada al hecho de encontrarse en un entorno físico, social y relacional totalmente nuevo, que exige un esfuerzo de adaptación importante, en particular a:
      • nuevos horarios, costumbres y rutinas;
      • la convivencia, la vida colectiva y las nuevas pautas relacionales;
      • la pérdida de protagonismo;
      • situaciones de estrés generadas por conductas problemáticas de otras personas que comparten el mismo ámbito convivencial.
    • Puede sufrir de la falta de privacidad y de intimidad.
      • Puede, habitualmente, sentir nostalgia de su casa, su familia, sus amigos, sus cosas, sus costumbres.
      • Puede darse, en los casos en los que la corta estancia se produce en un servicio residencial de carácter permanente, un fuerte impacto en el resto de las y los residentes, confrontados a la situación de una persona que va a convivir con ellas sólo durante un tiempo y que, por lo tanto, presenta diferentes expectativas y una actitud relacional más condicionada por la temporalidad.

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