Calidad de la atención, Características servicio, Divorcio, Estándares, Familia, Intervención familiar, Mediación familiar, Menores, Planificación de servicios, Recomendaciones
Los Puntos de Encuentro Familiar constituyen un servicio esencial para garantizar el derecho fundamental de los hijos e hijas a mantener relación con ambos progenitores después del proceso de separación, divorcio o filiación. Paralelamente, estos centros cumplen otra doble función: prevenir situaciones de violencia en los regímenes de visita conflictivos, y apoyar y orientar a la familia con el fin de mejorar su capacidad educativa. El presente documento recoge los acuerdos alcanzados por el Ministerio de Igualdad y el anterior Ministerio de Educación, Política Social y Deporte con diferentes comunidades autónomas, a fin de determinar un marco regulador consensuado de referencia para todas las entidades públicas o privadas que pretendan desarrollar su actividad como Punto de Encuentro Familiar de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, el documento establece los principales aspectos organizativos y funcionales de estos dispositivos: definición, titularidad, gestión, financiación, objetivos, derechos y deberes de las personas usuarias, principios de actuación –interés superior del menor, responsabilidad parental, temporalidad, profesionalidad, neutralidad, imparcialidad, confidencialidad y subsidiariedad–, ámbito y fases de actuación –marco psicosocial, tipología de intervención, estructura mínima e intervención especializada– y funcionamiento –emplazamiento, dependencias y equipamiento, normas comunes de funcionamiento, criterios para las listas de espera— y, en último lugar, estructura organizativa –coordinación, equipo técnico–.