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Recomendaciones prácticas para alcanzar el equilibrio entre derechos individuales y condicionantes organizativos

Utilización de los espacios

  • 129. En el caso de los servicios residenciales y de los centros de día, animar a las personas usuarias a que elijan el lugar de la residencia en el que les apetece estar en cada momento del día, promoviendo, en lo posible, la utilización de los distintos espacios. (Derecho en el que impacta esta recomendación: Elección).
     
  • 130. En el caso de los servicios residenciales, animarles a utilizar su habitación con total libertad: a estar en ella siempre que lo deseen y no sólo en momentos predeterminados; a utilizarlas no sólo como dormitorios, sino también como salas de estar o para recibir visitas; a regular la temperatura a su gusto; a encender o apagar la luz cuando les apetezca; a abrir o cerrar la ventana a su antojo; etc., siempre teniendo presente el nivel de riesgo razonable asumible en cada caso en función de lo pautado en el plan de atención personalizada. (Derechos en los que impacta esta recomendación: Privacidad, Elección).
    • La libertad en el uso de las habitaciones se ve limitada cuando están ocupadas por más de una persona. Esta es una cuestión que se debe tratar con especial atención y determinar las pautas de actuación, los procedimientos de negociación entre los ocupantes y las vías para la resolución de posibles conflictos.
       
  • 131. Adoptar las medidas adecuadas para que las personas puedan, si lo desean, cerrar con llave la puerta de su habitación u otros espacios personales (taquillas, armarios o cajones, por ejemplo), siempre que el nivel de riesgo inherente a esta práctica sea razonable y así se indique en el plan de atención personalizada. (Derecho en el que impacta esta recomendación: Privacidad).
     
  • 132. En el caso de los servicios residenciales, asegurarse de que los miembros del personal llaman siempre a la puerta de las habitaciones y esperan a que se les invite a entrar. (Derecho en el que impacta esta recomendación: Privacidad).
     
  • 133. En el caso de los servicios residenciales, solicitar siempre el consentimiento o el acuerdo de la persona usuaria antes de enseñar su habitación a una visita. (Derecho en el que impacta esta recomendación: Privacidad).
     
  • 134. Evitar que se den situaciones en las que unas personas usuarias se vean forzadas a resignarse sistemáticamente a realizar las actividades que prefieren otras, o a ceder ante ellas, por evitar conflictos. (Derechos en los que impacta esta recomendación: Dignidad, Elección).
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