"El pensamiento convencional –recuerda Antonio Lafuente– divide los objetos cualquiera que sea su naturaleza, entre los que pertenecen al mercado y los que tutela en Estado. Sabemos, sin embargo, que hay un tercer sector, cuya importancia necesita urgentemente ser apreciada: el procomún".
¿De qué bienes estamos hablando? ¿Cuáles son esos bienes susceptibles de ser gestionados desde una perspectiva distinta de la convencional distinción entre gestión/ propiedad pública o privada y que constituirían un «tercer sector» que Lafuente denomina procomún?
"El procomún es la nueva manera de expresar una idea muy antigua: que algunos bienes pertenecen a todos, y que forman una comunidad de recursos que debe ser activamente protegida y gestionada por el bien común. El procomún lo forman las cosas que heredamos y creamos conjuntamente y que esperamos legar a las generaciones futuras. Al procomún pertenecen los dones de la naturaleza, como el aire, el agua, los océanos, la vida salvaje y los desiertos, y también los “activos” compartidos como Internet, el espacio radioeléctrico empleado en las emisiones y las tierras comunales. El procomún incluye nuestras creaciones sociales compartidas: bibliotecas, parques, espacios públicos, además de la investigación científica, las obras de creación y el conocimiento público que hemos acumulado durante siglos» (Lafuente, 2007b: 287-288)(1).
Desde esta perspectiva lo que hace que un bien o recurso se convierta en común es la práctica social del commoning, entendida como una práctica que produce o establece (Harvey, 2012: 73). Los llamados «bienes comunes» no son meros bienes, no son «cosas» separadas de nosotros; ni siquiera son solo bienes compartidos. No son simplemente el agua, el bosque o las ideas. Son prácticas sociales de «commoning», de «comunización», basadas en los principios de compartir, cuidar y producir en común. Para garantizarlas, todos los que participan en un «común» tienen el derecho de codecidir las normas y reglas de su gestión.
El Grupo temático sobre Bienes comunes de la denominada Cumbre de los Pueblos Rio+20 lo plantea así:
"Ejemplos de la rica variedad de tales experiencias e innovaciones son: los sistemas de gestión comunitaria de bosques; de canales de agua; de áreas de pesca y tierra; los numerosos procesos de “commoning” del mundo digital, como las iniciativas de cultura y de software libres; las iniciativas no mercantiles de acceso a la vivienda en las ciudades; las estrategias de consumo cooperativo vinculadas a las monedas sociales y muchas otras. Todas ellas son claramente formas de gestión diferentes, tanto de las del mercado como de las organizadas por estructuras jerárquicas. Juntas ofrecen un caleidoscopio rico en autoorganización y autodeterminación. Todas ellas fueron descuidadas y marginadas en los análisis políticos y económicos clásicos. Todas ellas se sustentan en la idea de que nadie puede tener una vida satisfactoria si no está integrado en relaciones sociales; que la plena realización personal depende de la realización de los demás y viceversa. De esta manera, se apagan las fronteras entre el interés particular y el interés colectivo » (Grupo temático Bienes comunes Rio+20, 2012).
Así pues, los bienes comunes o commons pueden ser (o no ser) cualquier bien o recurso definido como tal en función de diversos principios: la naturaleza del recurso en cuestión, las funciones que cumplen, las relaciones sociales que se organizan en torno al mismo, o las prácticas sociopolíticas de commoning que se organizan en torno a dicho bien (Gutiérrez y Mora, 2011: 131-132).